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Juzgan a un guardia civil por un disparo mortal a un inmigrante

La acusación popular pide dos años y de cuatro a cinco años de inhabilitación

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  • Sala de la Sección VII, donde tuvo lugar la vista oral del juicio. -
  • El acusado asegura que el arma se disparó accidentalmente tras caer ambos al suelo
Un agente de la Guardia Civil se enfrenta a una petición de pena de dos años de cárcel y de cuatro a cinco años de inhabilitación profesional por la muerte de un inmigrante marroquí que llegó en patera junto con otros compatriotas a las costas de Tarifa.

La intervención se produjo el 30 de diciembre de 2000, cuando agentes de la compañía de Tarifa interceptaron a un grupo de sin papeles en la costa tarifeña.

Era de noche y la visibilidad era difícil incluso con la utilización de cámaras térmicas, lo que dio lugar a que la mayoría de efectivos de la Benemérita afirmase no poder precisar el número exacto de personas que llegaban en la embarcación. Durante el descenso hacia la playa, los agentes se dividieron para interceptar a los inmigrantes, que trataron de huir.

Según reconoció el propio acusado, éste corrió detrás de uno de los sin papeles, la víctima, quien se encontraba de espaldas. Acto seguido el agente, con el arma en una mano y una linterna en la otra, disparó un tiro al aire de manera intimidatoria y el marroquí se paró, sin llegar a volverse.

A partir de aquí es donde las versiones  se contradicen. Por un lado, el agente asevera que se acercó para detener a la víctima, y que éste se tiró al suelo, provocando también su caída y el disparo accidental que le produjo la muerte. Los dos representantes de la acusación particular y popular, por un lado el Consulado marroquí y por otro la asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, manifestaron su creencia de que el agente actuó con manifiesta imprudencia y fuera del reglamento de actuación de la Guardia Civil al empuñar el arma ante lo que, en su opinión, no podía considerarse una actitud amenazante.

Disparo
La víctima falleció a consecuencia de un sólo disparo efectuado desde el arma que empuñaba el agente de la Benemérita. En base a los informes presentados ayer por los especialistas forenses, la bala entró con una trayectoria ascendente a través de la parte posterior de la axila rozando el brazo izquierdo del fallecido provocando la fractura de la quinta costilla y una lesión pulmonar, provocando asimismo daños cardiovasculares y subió por el cuello rompiendo después los huesos del oído del acusado y acabó alojándose en la parte derecha de la mandíbula, causándole la muerte inmediata.

Este mismo informe forense deja constancia de que el inmigrante estaba de pie cuando recibió el tiro, y con la cara algo inclinada hacia la derecha, lo que descartaría que el disparo se produjese después de una caída. Por otra parte, criminólogos dieron cuenta de que el arma presentaba un defecto por el que tras aplicarle una presión superior a los cinco kilogramos esta podría disparse accidentalmente, incluso con el seguro. No obstante, dejaron claro que para ello la presión tendría que ser anormalmente superior a la normal -entre dos y los tres kilogramos-. Las dos acusaciones defienden que el seguro estaba quitado y que ello supone una explicación más clarificadora.

Entre los testigos llegó a comparecer el entonces teniente coronel de la Comandancia de Algeciras, Francisco Espinosa, quien dio cuenta de que, en aquella época, cuando aún no se había instaurado el Servicio Integrado de Vigilancia Exterior (SIVE) era difícil diferenciar cuándo se trataba de la llegada de una patera o de la actuación para decomisar un alijo de drogas.

La defensa del acusado se mantuvo en la tesis de que después de que la víctima no mostrase indicio alguno de colaboración se mantuvo de espaldas, y que el agente pudo sentirse amenazado ante la posibilidad de que éste esgrimiese un arma blanca. No obstante, la acusación puso sobre la mesa el hecho de que el resto de agentes intervinientes no hizo uso del arma de fuego. 

El Ministerio Fiscal decidió modificar su escrito de acusación retirando los cargos contra el acusado sin perjuicio de que la causa continúe por vía administrativa para constatar la existencia de una falta por parte del agente. Cisneros recordó que “estas situaciones eran peligrosas para los agentes. Además, era de noche, con escasa visibilidad, y el hecho de que la víctima se quedase de espaldas daba al agente todo el derecho del mundo a pensar que podía ser agredido". Añadió que "no mantener el arma hubiera situado al guardia civil en una situación de inferioridad".

La defensa acusó a la otra parte de "tergiversar" datos espaciotemporales al respecto de la reconstrucción de los hechos. El abogado que defiende los intereses de la Guardia Civil, al que se le pide responsabilidad civil por este caso, agregó que le produce ciertas dudas que se pida, en opinión de manera aleatoria, cantidades de indemnización(240.000 y 300.000 euros) sin que se hayan acreditado documentos y circunstancias familiares del acusado. El caso quedó ayer visto para sentencia.

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