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Jerez

La Ley, el dedo y la trampa

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La resolución de la Junta de Andalucía solicitando al Ayuntamiento de Jerez la anulación de 11 nombramientos llevados a cabo el pasado mes de febrero por el procedimiento de libre designación resulta ser la muerte anunciada en su día por los diversos sindicatos municipales, en especial la ATMJ. De este modo, el malestar en el colectivo de técnicos ha sido patente desde la aprobación de la RPT en la que se denunció, entre otras cosas, la baja valoración de los puestos de técnicos superiores, siendo incluso superada por la puntuación otorgada a los policías locales.  Del mismo modo, con los distintos procedimientos que el gobierno municipal ha llevado a cabo para hacer nombramientos, todos han sido denunciados por realizarse, aparentemente, a dedo, con lo que la mayoría de los técnicos se han visto relegados a puestos mínimos sin tener expectativas de ascensos.

Además, hace unos días un grupo de funcionarios presentó ante el Juzgado Contencioso Administrativo una demanda para la protección de los Derechos Fundamentales, que ha sido admitida a trámite y, siendo un proceso sumarísimo, se prevé que la sentencia saldrá en muy breve plazo. El motivo de la demanda no es otro que el que dichos funcionarios optaron a puestos de dirección de servicio en el procedimiento de libre designación convocado al efecto y no resultaron nombrados, adjudicando los puestos a empleados laborales, con lo que se incumplió el principio constitucional de que la administración pública ha de estar integrada por funcionarios y, sólo excepcionalmente y para determinados puestos, por laborales.

Todo ello ha llevado a manifestar a sindicatos que con este procedimiento de nombramientos, el gobierno municipal lo que ha venido intentando es dar apariencia de legalidad a nombramientos presuntamente hechos a dedo, por lo que la ATMJ procedió a interponer un recurso contencioso-administrativo, además de ponerlo en conocimiento de la delegación del Gobierno.


Ahora la Junta de Andalucía  deja claro que el procedimiento de libre designación es sólo para funcionarios, que no pueden concurrir, por tanto, empleados laborales. Además, cita una Sentencia del Tribunal Supremo en la que se mantiene que “el procedimiento de libre designación no significa que se atribuya a la administración una especie de poder omnímodo para decidir lo que estime conveniente, pues la decisión ha de ajustarse en todo caso al interés público que constituye la base y finalidad de todas las potestades públicas, debiendo respetarse los principios de mérito y capacidad que el artículo 103.3CE señala como rectores del acceso a la función pública y, ello, con independencia del sistema que se siga y de si este es el de libre designación u otro.”  Aunque la resolución deja claro que a este tipo de nombramientos sólo pueden concurrir funcionarios, no explica ni justifica por qué no pide la anulación de los nombramientos hechos a laborales fijos, que al parecer son dos,  limitándose a  determinar como ilegales los nombramientos efectuados a laborales indefinidos, por lo que pide al Ayuntamiento que en el plazo de 30 días anule 11 nombramientos de direcciones de servicio efectuadas a este tipo de empleados laborales.

El gobierno municipal ha repetido mucho que estaban ordenando y regularizando la gestión de recursos humanos, pero realmente hay que preguntarse cómo se puede pretender alcanzar este objetivo si cada actuación es cuestionada legalmente y llevada a los tribunales, lo que va a provocar un rosario de sentencias que pueden llegar a demostrar que todo ha sido un enorme error. Hay que preguntarse qué tipo de asesoramiento jurídico tiene el actual gobierno del PP que ha permitido que ocurran cosas como las de estos nombramientos o cómo la no aceptada por casi nadie RPT, o cómo el problema del tan cacareado CPT sobre el que el interventor municipal cuestionó su legalidad, o cómo la sentencia del ERE que concluyó con la arbitrariedad en la selección del personal afectado.

El anterior gobierno del PSOE abordó diversas medidas de personal con el objetivo de poner orden y todas fueron truncadas o por la Junta de Andalucía o por los tribunales, y criticadas por los partidos de la oposición de entonces. Los hechos parecen demostrar que las medidas del gobierno actual van por el mismo camino y eso es algo que Pelayo, alcaldesa, debería mirar con detalle.

Y es que la situación de la plantilla municipal con un alto porcentaje de empleados laborales, donde los funcionarios son una rara avis complica la aplicación de cualquier norma que está pensada para una administración pública compuesta por funcionarios. El éxito del proyecto no puede ser otro que el de conocer a fondo la legislación vigente,  asesorarse de profesionales que busquen soluciones y no problemas, evitar confrontaciones con la plantilla y respetar los derechos de todos y, en concreto y en este caso, de los pocos funcionarios. Pero si el colectivo de funcionarios se siente lesionado y, además, el 90% de los empleados se siente perjudicado por actuaciones, según ellos, arbitrarias, difícil encaje tiene adaptar la normativa a la situación real de la plantilla y los pleitos están garantizados.

Ahora la pelota la tiene el gobierno municipal en su tejado, que deberá anular estos nombramientos y buscar una solución que satisfaga a todas las partes, algo que debió hacer desde el principio con la elaboración de la RPT y se hubiera evitado muchos problemas. La buena gobernanza es saber alcanzar el consenso y evitar los enfrentamientos, saber cuándo es momento de apretar y cuándo lo es de alcanzar acuerdos y, sobre todo, saber identificar el origen y el motivo de una actuación errónea para evitar tropezar de nuevo en piedra similar. Y es que, hasta ahora, la piedra es la misma.

Pd. Me despedí hace solo unos días hasta septiembre y, ya ven, ni un día he durado sin pasear por aquí para cultivar cosas. Mi médico dice que me consume el estrés y que debo relajarme en vacaciones. Qué sabrá él, tan pálido como está.

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