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Málaga

El aeropuerto y el puerto, entre los designados con capacidad para emergencias de salud pública internacional

Situaciones que exigen una respuesta coordinada

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El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes, a propuesta del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, un acuerdo por el que ocho puertos marítimos y cinco aeropuertos españoles --entre ellos los de Málaga-- pasan a ser designados como 'puntos de entrada con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional (Espii)'.

   El acuerdo incluye a los puertos de Barcelona, Bilbao, Las Palmas de Gran Canaria, Málaga, Palma de Mallorca, Tenerife, Valencia y Vigo, mientras que los aeropuertos designados son los de Barcelona-El Prat, Las Palmas de Gran Canaria, Madrid-Barajas, Málaga-Costa del Sol y Palma de Mallorca.

   De acuerdo con el Reglamento Sanitario Internacional, una emergencia de salud pública de importancia internacional implica un evento extraordinario que constituye un riesgo para la salud pública de otros Estados a causa de la propagación internacional de una enfermedad, y podría exigir una respuesta internacional coordinada.

   Dichas emergencias son determinadas por la Organización Mundial de la Salud, como las declaradas con motivo del Síndrome Respiratorio Agudo Severo (SARS), la pandemia de gripe A, o la catástrofe de Fukushima.

   Tras esta designación, estos puertos y aeropuertos deberán garantizar el establecimiento de los procedimientos para la actuación las 24 horas de los Servicios Sanitarios de Sanidad Exterior en los Puntos de entrada designados; y el mantenimiento del equipamiento básico para afrontar cualquier Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional.

   Para su elección, se ha utilizado el instrumento de evaluación de los requisitos de capacidad básica en los aeropuertos, puertos y pasos fronterizos terrestres designados desarrollado por la OMS, habiéndose valorado adicionalmente aspectos como su volumen de tráfico internacional, situación estratégica, capacidad de respuesta sanitaria e historial de incidencias sanitarias acontecidas en los últimos años.

   El acuerdo es necesario para dar cumplimiento al Reglamento Sanitario Internacional que fue aprobado en la 58 Asamblea Mundial de la Salud celebrada en Ginebra, que establecía que su finalidad es la de prevenir la propagación internacional de enfermedades, proteger contra esa propagación, controlarla y darle una respuesta de salud pública proporcionada y restringida a los riesgos para la salud pública, evitando al mismo tiempo las interferencias innecesarias con el tráfico y el comercio internacionales.

MAYOR SEGURIDAD INTERNACIONAL

   Su aplicación contribuirá significativamente a mejorar la seguridad internacional en el ámbito de la salud pública al facilitar un nuevo marco para coordinar la gestión de los eventos que puedan constituir una emergencia de salud pública de importancia internacional, y permitirá reforzar la capacidad de todos los países para detectar, evaluar y notificar las amenazas a la salud pública y responder a ellas.

   Para llevar a cabo este objetivo, el Reglamento Sanitario Internacional establece las capacidades básicas necesarias, en puertos y aeropuertos internacionales, referidas a las actuaciones que realizarán a la hora de detectar emergencias de salud pública y responder a ellas, así como para compartir la información relevante.

   Entre ellas se incluyen aspectos como la vigilancia, mecanismos de preparación y respuesta, coordinación, comunicación de riesgo, así como la designación de puntos de entrada ante emergencia de salud pública de importancia internacional.

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