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Martes 02/07/2024  

Provincia de Granada

Aplazado al 9 de enero el juicio contra el acusado de retener y golpear a su expareja en Motril

La Fiscalía de Granada le atribuye un delito de detención ilegal, por el que solicita para él una pena de cinco años de prisión, y otro de lesiones por el que pide otro año de cárcel, así como la privación del derecho a la tenencia de armas durante tres años

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El juicio previsto para este miércoles en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada contra un hombre de 44 años acusado de retener contra su voluntad a su expareja durante dos días en Motril, manteniéndola atada y golpeándola para convencerla de reanudar la relación sentimental que habían mantenido hasta días antes, ha sido aplazado hasta el 9 de enero, según han informado a Europa Press fuentes judiciales.

   La Fiscalía de Granada le atribuye un delito de detención ilegal, por el que solicita para él una pena de cinco años de prisión, y otro de lesiones por el que pide otro año de cárcel, así como la privación del derecho a la tenencia de armas durante tres años.

    Según consta en el escrito de acusación provisional del Ministerio Público, al que ha tenido acceso Europa Press, los hechos ocurrieron sobre las 15,40 horas del 20 de agosto de 2012, cuando el acusado, José Antonio M.O., abordó en su vehículo a la mujer junto a las instalaciones de Lindeco en el Polígono Algaida de Motril, obligándola a subir al coche.

   Llevó a la víctima hasta la caravana que posee en el citado polígono, donde la ató y retuvo contra su voluntad hasta que sobre las 20,30 horas del 22 de agosto, en un descuido de él, la mujer logró escapar.

   En el transcurso de esa privación de libertad el acusado golpeó a la mujer en diversas ocasiones tratando de convencerla para que volvieran, provocándole varias lesiones como erosiones, arañazos y contusión a nivel mandibular de las que no precisó tratamiento médico.

   El Ministerio Público también solicita que se imponga al acusado la prohibición de comunicarse con la víctima y de aproximarse a ella, así como a su domicilio y a su lugar de trabajo a menos de 300 metros.

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