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Córdoba

Recurre al Supremo un condenado a 18 años de cárcel por agresiones sexuales a dos cuñadas menores

Los magistrados consideran que "claramente el acusado empleó una importante intimidación, descrita por las menores, como amenaza seria del acusado de causar un grave daño a su hermana y a sus sobrinos, en concreto amenazándola con quemarlos"

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La defensa de un hombre condenado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba a penas de 18 años de prisión y 19 años de orden de alejamiento por dos delitos continuados de agresión sexual a dos de sus cuñadas desde que tenían nueve años de edad hasta los once y los 14 años, respectivamente, en la capital cordobesa ha recurrido la sentencia ante el Tribunal Supremo (TS).

   Así lo han confirmado a Europa Press fuentes judiciales, después de que la Audiencia Provincial también determina en la sentencia que el varón tendrá que hacer frente al pago de 120.000 euros en materia de indemnizaciones, al tiempo que el juez le absolvió del delito de exhibición de material pornográfico a menores de edad.

   En concreto, los magistrados consideran que "claramente el acusado empleó una importante intimidación, descrita por las menores, como amenaza seria del acusado de causar un grave daño a su hermana y a sus sobrinos, en concreto amenazándola con quemarlos".

   Además, apuntan que en ambos casos "concurre la circunstancia de prevalimiento, lo que igualmente ha quedado acreditado no solo por la relación familiar del acusado con las menores, como por su condición de padrino de las mismas, resaltada a lo largo del juicio".

   Igualmente, señalan que "el acusado se prevalece de su situación para tener fácil acceso a las menores, y para agredirlas sexualmente en cualquier momento, a la vez que emplea una clara intimidación para lograr sus propósitos libidinosos", a lo que añaden que "existe continuidad delictiva en ambos casos, puesto que ha quedado acreditado de forma clara y precisa que los hechos ocurrieron en reiteradas ocasiones".

LOS HECHOS

   En este sentido, los magistrados creen probado que el procesado mantiene una relación familiar con las dos menores de edad por estar casado con la hermana mayor de las mismas, de manera que las niñas, de las que ha sido padrino, "en numerosas ocasiones acudían al domicilio del acusado", al tiempo que éste "en numerosas ocasiones" iba al domicilio de ellas, "con las que se quedaba a solas dada la estrecha relación entre ellos".

   En esas circunstancias, y desde al menos el año 2006, cuando una de ellas tenía nueve años de edad, "aprovechándose de la superioridad que ostentaba, y amenazando a la misma en reiteradas ocasiones con quemar a su hermana y a sus sobrinos, así como con matarla, lo que a esta intimidaba dado el carácter violento del acusado", supuestamente cometió agresiones sexuales sobre ella al principio en la vivienda de su hermana y posteriormente en el domicilio de las propias menores y en el campo.

   De la misma forma, agrega la sentencia, "y valiéndose igualmente de amenazas serias de hacer daño a su hermana mayor y a sus sobrinos", desde que la otra menor tenía nueve años, el varón supuestamente cometió agresiones sexuales sobre ella, según el juez.

   En ambos casos, los hechos relatados referidos a sendas menores fueron "reiterados con habitualidad" hasta septiembre de 2013 que se interpuso denuncia. Cabe destacar que el Ministerio Fiscal retiró la acusación de exhibición de material pornográfico respecto de una de las menores.

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