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España

Instituto Coordenadas: "Alarma innecesaria" restricciones en piscinas

Entre las medidas en fase 2 está la reducción del aforo al 30% e Instituto Coordenadas considera que esas medidas generan una "alarma innecesaria"

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  • Una piscina. -
  • La institución expone que las normas sanitarias están ocasionando "una considerable polémica"
  • Instituto Coordenadas ve una "lógica preocupación" pero pide "no alarmar infundadamente a la población"
  • El agua de las piscinas será un entorno seguro "siempre que se aplique el tratamiento de desinfección adecuado"

El uso de piscinas comunitarias en urbanizaciones y recintos de viviendas en la actual desescalada del proceso de alarma, con su apertura en todos los territorios en fase 2, implica la aplicación de una serie de restricciones, entre ellas la reducción del aforo al 30%, para reducir el riesgo de contagio e Instituto Coordenadas considera que esas medidas generan una "alarma innecesaria".

En una nota de prensa, la institución expone que las normas sanitarias están ocasionando "una considerable polémica", especialmente las relacionadas con esa reducción del aforo "hasta el punto de que se está poniendo en duda que esas instalaciones comunitarias se puedan abrir ante la imposibilidad de cumplir con las normas de seguridad".

Instituto Coordenadas recuerda también que el Consejo General de Colegio de Administradores de Fincas ha mantenido que las medidas dictaminadas por el Ministerio de Sanidad en cuanto a la apertura de las piscinas son muy difíciles de llevar a cabo en una instalación comunitaria, siendo el principal problema el control del aforo.

Instituto Coordenadas ve una "lógica preocupación" pero pide "no alarmar infundadamente a la población" y ha llamado a cumplir con la legislación vigente en cuanto a medidas de higienización y distancia social.

Según la reflexión de sus expertos, el control del aforo, además de que es una medida que "probablemente" cambiará con la actualización de las fases, "no debe ser un argumento para no abrir las piscinas comunitarias dado que existen alternativas para su eficaz cumplimiento, además de la responsabilidad individual y comunitaria".

Considera que hay soluciones como la fijación de turnos o el acotamiento de espacios que ayudarán a cumplir con las restricciones del aforo sin suponer un gasto excesivo y subraya que las piscinas comunitarias son instalaciones que los vecinos pagan y mantienen durante todo el año y "tienen el derecho de poder utilizarlas siempre que se cumplan las medidas de seguridad dictaminadas por las autoridades y no pongan en riesgo ni la salud individual ni la colectiva".

En este sentido, el vicepresidente ejecutivo del Instituto Coordenadas, Jesús Sánchez Lambás, ha asegurado que "debe imperar el sentido de la responsabilidad individual y social", por lo que ha llamado a aplicar las normas "sin necesidad de recurrir a extremos ridículos" y "sólo con un mínimo de sensatez". "Los vecinos de cualquier comunidad, sin duda alguna, serán capaces de organizar el correcto y seguro uso de sus piscinas por encima de esta polémica artificial", ha previsto.

EL AGUA DE LAS PISCINAS

El Instituto Coordenadas también ha recordado que investigadores del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) han elaborado un informe que señala que "tanto en piscinas como en spas, donde el uso de agentes desinfectantes está ampliamente implantado con el fin de evitar la contaminación microbiana de las aguas, la concentración residual del agente de desinfección presente en el agua debería ser suficiente para la inactivación del virus".

En ese sentido, han incidido en que el agua de las piscinas será un entorno seguro "siempre que se aplique el tratamiento de desinfección adecuado", que además es el mismo que se ha recomendado siempre reflejado en los reglamentos que establecen los criterios técnico-sanitarios de piscinas en cada comunidad autónoma y que generalmente supone unos niveles de pH de agua entre 7,2 y 8,0 y de cloro libre residual entre 0,5 y 2ppm.

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