Sin embargo, y para evitar acudir al concurso de acreedores, Pinto aceptó la cesión de las facturas ofrecida por la constructora declarada en quiebra. Desde entonces hasta ahora, este pequeño empresario está padeciendo un auténtico calvario para cobrar la cantidad que reclama. El problema de fondo está en que la Hermandad del Prendimiento acometió la ejecución de aquellas obras en base a un convenio suscrito con la extinta Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU), a través del cual el órgano entonces controlado por Pedro Pacheco se comprometió a transferir los 112.432,58 euros objeto de litigio. Sin embargo, la GMU no cumplió nunca con ese compromiso, lo que de algún modo obliga ahora a la hermandad a asumir el pago de esta cantidad.
Según José Pinto, la Hermandad del Prendimiento mantenía hasta ahora que el abono de estas facturas se encontraba vinculado al concurso de acreedores en el que se encuentra inmersa Fivesur. Sin embargo, los administradores concursales de esta sociedad han reconocido recientemente ante notario la “plena eficacia y validez” de la escritura en la que Fivesur cedía el cobro de estas facturas a José Pinto, con lo que de algún modo quedan al margen del concurso de acreedores.
De momento, la Hermandad del Prendimiento ha planteado al constructor la posibilidad de endosarle esta deuda al Ayuntamiento, en virtud del convenio firmado en su día entre ambas partes, una posibilidad que ha sido rechazada por José Pinto al considerar que la credibilidad económica de la Administración local “es cero”.
A la espera de que la situación se arregle, el constructor ya advierte de que esta dispuesto a llevar a cabo cuantas movilizaciones estime oportunas, planteando incluso la posibilidad de presentar una demanda judicial a la popular cofradía del barrio de Santiago.
La escritura de cesión de crédito fue firmada ante notario el 6 de junio de 2008. En la misma se hace referencia a tres facturas, todas ellas realizadas en abril de 2007, por importe de 55.962, 43.625 y 12.844 euros, respectivamente. En esa escritura, José Pinto recibe de Fivesur toda la documentación que le autoriza a hacerse cargo de los créditos para su “cobro inmediato”. Al mismo tiempo, el constructor se obliga a notificar a la Hermandad del Prendimiento esa cesión de crédito, relevando por tanto a Fivesur de toda responsabilidad por falta un omisión de notificaciones, a fin de que quede debidamente enterado el deudor de la cesión efectuada y la subrogación en la posición acreedora.