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La CNMC multa con 2,13 millones a seis empresas de extintores por formar un cártel

Las sanciones impuestas a cada una de estas empresas oscilan entre los 157.358 euros y los 616.165 euros, según informó el organismo que preside José María Marín Quemada

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa total de 2,13 millones de euros a seis empresas de equipos contra incendios por acordar precios y repartirse el mercado entre los años 2010 y 2012.

   Las empresas sancionadas son Extintores Faex, Fire Fox, Gruinsa Grupo de Incendios, Macoin Extinción (actualmente Tipsa Contraincendios), Tecnoenvases y solidariamente a su matriz Macoin Extinción y Todoextintor.

   Las sanciones impuestas a cada una de estas empresas oscilan entre los 157.358 euros y los 616.165 euros, según informó el organismo que preside José María Marín Quemada.

   El regulador considera que el cartel formado por estas compañías ha tenido un carácter "especialmente dañino", tanto por su extensión geográfica, pues acaparó todo el territorio nacional, como por su alcance económico, dada la "elevada cuota del mercado que suman las empresas infractoras".

   La multa aparte de la investigación iniciada en noviembre de 2012, tras previamente recibir una solicitud de clemencia por parte de una de las empresas investigadas, en la que se evidenciaba la existencia de posibles prácticas anticompetitivas.

   Durante este proceso, el 27 de noviembre de 2012 se realizaron inspecciones simultáneas en las sedes de varias empresas relacionadas con la infracción. De estas pesquisas, derivó la apertura de un expediente sancionador en contra de las empresas implicadas en el supuesto pacto.

   En su resolución del expediente, con fecha del pasado 26 de junio de 2014, el consejo de la CNMC considera acreditada la existencia de una infracción única que se produjo entre enero de 2010 y enero de 2012, "si bien no todas las empresas participaron durante todo el periodo, ni jugaron el mismo papel en la infracción", indica el regulador.

AMENAZAS DE EXPULSIÓN DEL MERCADO.

   El organismo considera probado que el cártel fue iniciado por tres de las empresas que, además de liderarlo, presionaron al resto de las firmas para que se sumaran la pacto "mediante la amenaza cierta de expulsarles del mercado".

   La CNMC asegura que ha aplicado un agravantes a las empresas líderes del cártel que se ha tenido en cuenta a la hora de calcular la multa impuesta.

   Por contra, el organismo exime del pago de la multa a la empresa solicitante de clemencia, dado que fue "la primEra en aportar elementos de prueba que permitieron ordenar el desarrollo de la inspección relativa al cartel.

   En su comunicado, el regulador del mercado recuerta que los cárteles constituyen una práctica "muy perjudicial para la competencia y los consumidores" y que, por ello, están considerados como una infracción "muy grave" en la Ley de Defensa de la Competencia.

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