Cádiz
Condenado por decir a su ex esposa ?te quiero?
La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la condena de seis meses de prisión impuesta a un hombre que llamó por teléfono a su mujer.
La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la condena de seis meses de prisión impuesta a un hombre que llamó por teléfono a su mujer, con la que estaba en trámites de separación para decirle “te quiero, te quiero; escúchame, te quiero”, ya que tenía prohibido comunicarse con ella por cualquier medio.
La Sala, en una sentencia, desestima así el recurso presentado por el acusado contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 5 de Murcia, que, en julio pasado, lo condenó por un delito de quebrantamiento de medida cautelar.
El juez, como hace ahora la Audiencia, señaló que el denunciado tenía una orden de alejamiento e incomunicación respecto de su esposa, acordada en un juicio rápido celebrado en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Murcia, “de la que tenía perfecto conocimiento”.
En su recurso, el condenado alegó que había sido condenado por las únicas manifestaciones de la esposa, que consideraba no eran creíbles por haber actuado por la animadversión que sentía contra él “y por ser una mentirosa compulsiva o una maníaca depresiva”.
Al rechazar la reclamación, dice la Sala en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Abdón Díaz que “en todos, o casi todos, los procesos existen dos versiones contrapuestas”.
La Sala, en una sentencia, desestima así el recurso presentado por el acusado contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 5 de Murcia, que, en julio pasado, lo condenó por un delito de quebrantamiento de medida cautelar.
El juez, como hace ahora la Audiencia, señaló que el denunciado tenía una orden de alejamiento e incomunicación respecto de su esposa, acordada en un juicio rápido celebrado en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Murcia, “de la que tenía perfecto conocimiento”.
En su recurso, el condenado alegó que había sido condenado por las únicas manifestaciones de la esposa, que consideraba no eran creíbles por haber actuado por la animadversión que sentía contra él “y por ser una mentirosa compulsiva o una maníaca depresiva”.
Al rechazar la reclamación, dice la Sala en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Abdón Díaz que “en todos, o casi todos, los procesos existen dos versiones contrapuestas”.
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