El tiempo en: Campo de Gibraltar

Campo de Gibraltar

El Supremo remite a la Audiencia de Cádiz el polémico 'swap' del Santander a Algeciras

La Justicia anuló swaps similares en San Roque, la Línea, la Palma, Callosa de Segura, Arrecife y Moralzarzal entre otros.

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
  • Extracto del fallo del Supremo sobre el Swat de Algeciras. -

El Tribunal Supremo ordena a la Audiencia de Cádiz juzgar un discutido swap colocado por el Santander al Ayuntamiento de Algeciras para controlar el riesgo de inflación. En una reciente sentencia, el Alto Tribunal corrige a la Audiencia Provincial de Cádiz que había resuelto que la controversia debía resolverse en la jurisdicción contencioso-administrativa.

La polémica se remonta al 11 de abril de 2008 fecha en la que el alcalde firmó un decreto por el que el Ayuntamiento de Algeciras contrataba con el Santander un swap de riesgo de inflación por 10 millones de euros durante 10 años. El 7 de diciembre de 2011 el pleno del Ayuntamiento anuló dicho decreto del alcalde por carecer de competencias limitadas a contratos de 6 millones y máximo de 4 años.

El consistorio llevó el asunto a la justicia y el juez de primera instancia les dio la razón a pesar de que el Santander alegó que lo anulado fue el decreto, no es swap y que además, el swap de 2008 fue sustituído por otro de 10 de agosto de 2009 con un nuevo decreto del alcalde que no había sido anulado. “El Santander buscó burladeros jurídicos, pero es evidente que si se anula el acto administrativo, se anula lo dispuesto en el mismo y sus sustituciones posteriores”, explica Juan Ignacio Navas, socio-director del despacho Navas & Cusí, especializado en derecho financiero.


El Santander reclamaba además 10.712.645,21€ en concepto de cancelación anticipada. La sentencia finalmente condenó al banco a devolver los 333.543,54€ abonados por el consistorio como consecuencia de un swap innecesario. Tras el fallo de primera instancia el Santander recurrió ante la Audiencia Provincial de Cádiz, quien concluyó que el asunto era competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa y no de la civil. Pero el Supremo acaba de resolver que la Audiencia debe examinar el asunto y comprobar si hubo información suficiente y si el consentimiento fue válido.

La Justicia ya ha resuelto swaps similares colocados por el Santander en otros consistorios de la zona como San Roque o La Línea de la Concepción. También hay jurisprudencia de los casos de La Palma, Callosa de Segura, Arrecife o Moralzarzal, entre otros, explica el experto. “Fue mala praxis habitual; se colocaron productos financieros complejos sin la debida información y transparencia”, apunta Navas.

El letrado también censura que el banco no hiciera un ‘compliance’ adecuado. “¿Nadie examinó que la operación se podría hacer?, ¿nadie comprobó que el alcalde tenía capacidad jurídica para dicho compromiso?”, se pregunta Navas. “La Justicia es lenta pero inexorable”, concluye el socio-director de navascusi.com

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN