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Dictada la primera sentencia de custodia compartida en Algeciras

La jueza dicta la sentencia, que ha sido recurrida, en el Juzgado número 3 de la localidad algecireña

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La primera sentencia en un contencioso de custodia compartida en Algeciras ha sido dictada. La jueza del Juzgado número 3 de Algeciras ha sido la que ha dictaminado la custodia compartida de un menor. Lo hizo el pasado 18 de noviembre, aunque la sentencia ha sido recurrida y ahora será la Sección 5ª de la Audiencia Provincial, en Cádiz, la que la ratifique o la revoque.

Precisamente otra mujer, la abogada y miembro de la AEAFA ( Asociación Española de Abogados de Familia) Juana Rivas, ha defendido este caso en el que un menor podrá continuar conviviendo con sus dos padres.

A pesar de que la sentencia no es firme por el momento, como sucede en los casos de familia, se está aplicando desde su notificación, pocos días después de que fuese dictada el pasado 18 de noviembre de 2013. La sentencia dictamina que los padres del menor tendrán la custodia compartida una semana cada uno.

Es el primer caso conocido en Algeciras de una sentencia similar. En casos de divorcios y separaciones de mutuo acuerdo sí se han producido custodias compartidas, aunque ningún tribunal, en la localidad algecireño, lo había dictado por el momento.

Desde el colectivo Custodia Compartida Campo de Gibraltar han celebrado la sentencia: "Desde que se aprobara la 'Ley del Divorcio' en España allá por el año 1981, han tenido que pasar más de 30 años para que una sentencia en los juzgados de Algeciras dictaminase que un menor debe continuar conviviendo con su madre y con su padre. Algo tan lógico parece que hasta hace unos años fuera impensable. Ha tenido que ser una jueza, al frente del juzgado nº 3 de Algeciras, la que ha roto el hielo. Y es que en los últimos dos años el Tribunal Supremo ha marcado un cambio radical en el otorgamiento de custodias".

Hasta hace muy poco, las custodias compartidas solo se concedían en "casos excepcionales". "Por suerte para miles de niños, ese criterio cambió en mayo de 2013. Desde entonces el Alto Tribunal sienta jurisprudencia y afirma que la custodia compartida debe ser "lo normal y deseable" por cuanto permite que el menor siga conviviendo con ambos padres", afirman desde este colectivo.

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