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Una moción reclama el cierre inmediato de CIEs de Algeciras y Tarifa

La iniciativa de la senadota andaluza Maribel Mora incluye preguntas sbre la situación del Centro de Internamiento de Extranjeros

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  • Maribel Mora -

La senadora andaluza Maribel Mora ha presentado una moción en la Comisión de Interior del Senado apelando al cierre inmediato de todos los centros de internamiento de extranjeros. A lo largo de la geografía española hay un total de 7 CIEs (Algeciras -con el anexo de Tarifa-, Madrid, Gran Canaria, Tenerife, Murcia, Valencia y Barcelona). En Algeciras y Tarifa, en la denominada Frontera Sur, se ubican la única de estas instalaciones radicada en Andalucía. Aunque técnicamente el edificio de Tarifa es un “anexo” al CIE de Algeciras, en la práctica funcionan como unas instalaciones completamente independientes. En palabras del Fiscal de Extranjería de Algeciras, en ambos casos se trata de unas instalaciones “horripilantes”, llegando a asegurar que “lo mejor sería cerrarlo”.

En lo que antaño fuera una cárcel, la visita parlamentaria encabezada por la propia senadora Mora constató el pasado mes de abril que en el CIE de Algeciras vivían un total de 46 personas, 31 hombres y 15 mujeres, en un edificio con una impronta absolutamente carcelaria. El inmueble se encuentra en tal estado ruinoso que por varias ocasiones ha sido necesario cerrar varias alas de un edificio que, hace ya diez años, era tan obsoleto que fue desechado como adecuado para servir de prisión.

La iniciativa presentada por Maribel Mora pide en el Senado el cierre inmediato de todos los CIEs, aunque presta especial atención a la situación que se vive en Algeciras, acompañando la moción con una batería de preguntas que cuestionan las reiteradas situaciones de vulneración de los Derechos Humanos que se viven en el único CIE ubicado en Andalucía. La visita parlamentaria realizada en abril pasado constató algunas de las denuncias más importantes que realizan las organizaciones sociales que trabajan con la población migrante recluida en Algeciras:

-Las personas internas viven en celdas y en unas condiciones más duras que las de un centro penitenciario
-Intimidación permanente por parte de unos agentes de policía que realizan labores de vigilancia con sus armas de fuego
-La escasez de plantilla obliga a las personas internas a estar siempre juntas, limitando cualquier libertad para moverse por las instalaciones
-Un solo médico debe atender a todas las personas internas, que no reciben ninguna atención especializada para sus enfermedades ni reciben tratamientos continuados para sus dolencias crónicas
-Inexistencia de asistencia psicológica o psiquiátrica a los internos que lo necesiten, así como de trabajares sociales
-El boletín de derechos que se entrega a los internos no recoge todos los derechos que debieran tener garantizados al estar bajo tutela del propio Estado
-Ausencia de espacios de ocio, puesto que parte de las instalaciones están cerradas por peligro de derrumbe
-Falta de un convenio o turno de oficio con el Colegio de Abogado, vulnerando el derecho a la asistencia jurídica que debieran tener las personas recluidas
-Ausencia de un plan de evacuación, de tal forma que en caso de emergencia la vida de los internos está en grave peligro
-Ausencia de lavandería, de tal forma que las personas internas han de lavar su propia ropa
-A los internos no se les da ninguna ropa, que es suministrada por ONGs y colectivos sociales
-No hay ni calefacción ni aire acondicionado
-Los colectivos sociales denuncian el internamiento de mujeres subsaharianas víctimas de redes internacionales de prostitución

La petición de cierre de todos los CIEs en territorio español está motivada en base a la normativa europea en materia de migrantes y refugiados. Por un lado, la normativa 2008/115/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en su artículo 15.1 supedita el internamiento de nacionales de terceros países a “la adopción de otras medidas suficientes de carácter menos coercitivo”. Por tanto, establece el internamiento como una posibilidad, no como una obligación inevitable. Además, la norma europea añade que “los Estados miembros podrán mantener internados a los nacionales de terceros países que sean objeto de procedimientos de retorno únicamente a fin de preparar el retorno o llevar a cabo el proceso de expulsión”. Es decir, no tiene sentido el internamiento prolongado de aquellas personas con cuyos países de origen no existan tratados bilaterales para proceder a su expulsión. Dicho de otra forma: no debería internarse a nadie si finalmente no se le va a poder expulsar. En el mismo sentido, la legislación de extranjería española no obliga tampoco al internamiento y establece la posibilidad de otras medidas cautelares menos restrictivas por las que se debería apostar, como la presentación periódica ante las autoridades competentes, la residencia obligatoria en un lugar determinado o la retirada del pasaporte.

En lugar de encerrar a los migrantes en centros de detención, Mora hace hincapié en la apuesta por centros de acogida o pisos tutelados para aquellas personas que no tengan arraigo en nuestro país, en lugar de su internamiento forzoso en centros que no reúnen las condiciones mínimas para garantizar sus Derechos Humanos.

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