Vuelven las inscripciones de parejas de hecho presenciales en Córdoba

Publicado: 21/06/2020
La Junta de Andalucía ha reanudado en Córdoba las comparecencias presenciales, que tendrán lugar todos los viernes de cada semana
La Junta de Andalucía, a través de la Delegación de Salud y Familias, ha reanudado en Córdoba las comparecencias presenciales, que tendrán lugar todos los viernes de cada semana en la sede de la Delegación, para formalizar la inscripción de las parejas de hecho en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Así lo ha destacado, en declaraciones a Europa Press, la delegada de Salud y Familias de la Junta en Córdoba, María Jesús Botella, quien ha detallado que el pasado viernes 12 de junio ya se llevó a cabo el trámite para ocho parejas, mientras que para este pasado viernes se habían programado otras ocho.

En este sentido, la delegada ha indicado que, "en lo que va de año el Servicio de Familias ha tramitado casi 137 expedientes de parejas de hecho y ha registrado documentación para 50 expedientes", lo cual "ha supuesto un esfuerzo para los profesionales del servicio, que han estado organizando el trabajo en estos meses de estado de alarma, para que en cuanto ha sido posible iniciar de nuevo las comparecencias, se vuelva a prestar este servicio a los cordobeses al cien por cien".

Los requisitos de inscripción en el Registro de Parejas de hecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía se recogen en la Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho, y en el Decreto 35/2005, de 15 de febrero, por el que se constituye y regula el Registro de Parejas de Hecho y, entre otros requisitos, es necesaria acreditación documental de las personas y su estado civil, que sean mayores de edad o emancipados, y no estar incapacitados judicialmente, ni ligados con vínculo matrimonial.

Además, es necesario no formar pareja estable no casada con otra persona, ni ser pareja de hecho anteriormente inscrita en el Registro o en cualquiera de los registros de uniones o parejas de hecho creados por los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin que conste inscripción de baja por disolución de la parejas de hecho.

A ello se suma el requisito de no ser parientes en línea directa por consanguinidad o adopción, ni colaterales por consanguinidad en segundo grado, además de tener residencia habitual en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y realizar una declaración de voluntad de constituir una pareja de hecho.

REGISTRO

El Registro de Parejas de Hecho se adscribe a la Consejería de Salud y Familias y depende orgánica y funcionalmente de la Secretaría General de Familias, tiene carácter administrativo y es único, sin embargo se permite la gestión descentralizada a los municipios andaluces.

Esto conlleva que la instrucción y resolución de los procedimientos relativos a inscripciones básicas, marginales, complementarias y de baja se atribuya, no solo a las delegaciones territoriales de la Consejería, sino también al ayuntamiento correspondiente a la residencia habitual de las personas solicitantes, ante el que se hubiera formulado la solicitud.

Este servicio ha puesto a disposición de la ciudadanía un correo electrónico para poder consultar dudas sobre el mismo, en general, pero también sobre mediación, familias numerosas, ayudas a partos múltiples o parejas de hecho, siendo contestado por el personal de la delegación (familia.co.csalud@juntadeandalucia.es).

Además, desde este mes de junio, para poder acudir a registrar documentación o solicitar presencialmente información es necesario pedir cita previa.

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