Presentará este jueves el recurso de súplica ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la suspensión de la reforma del reglamento del Parlament, en el que considera que el uso que el presidente del Gobierno central, Mariano Rajoy, hace del mecanismo de suspensión automática es "desproporcionado, excesivo, contrario a las reglas de la buena fe procesal y, en definitiva, abusivo", según consta en el recurso al que ha tenido acceso Europa Press.
El texto argumenta que el hecho de que la Constitución y la Ley Orgánica del TC hayan previsto este mecanismo de impugnación y suspensión "no habilita a su uso injustificado y suspensión por el presidente del Gobierno del Estado para provocar la suspensión de disposiciones manifiestamente legítimas, equivalentes a muchas otras presentes en los reglamentos de las cámaras legislativas estatales y autonómicas", según ha informado TV3.
El Govern considera que la impugnación y subsiguiente suspensión del precepto impugnado del reglamento del Parlament "constituye un abuso de derecho por parte del presidente del Gobierno del Estado, que incurre en una manifiesta desviación de poder al utilizar ese privilegio procesal para finalidades preventivas y ajenas al objeto propio del control de constitucionalidad de la norma recurrida, y de forma desproporcionada para impedir, sin motivarlo, que pueda aplicarse con normalidad el artículo 135.2 del Reglamento del Parlamento".
El texto argumenta también que el Ejecutivo español ha actuado preventivamente porque el recurso "se fundamenta no en la inconstitucionalidad del texto, sino en la presunción de su futura aplicación".
"El TC no puede juzgar ni el contexto político en el que se aprueba esta reforma del Reglamento del Parlament, ni las intenciones que la parte recurrente intuye en el legislador de Catalunya", justifica el recurso.
"Nos encontramos ante un recurso meramente interpretativo, contrario al principio de presunción de la constitucionalidad de las leyes", añade.
Asimismo, el Govern ha recordado que el procedimiento de lectura única impugnado es "prácticamente equivalente" al del Congreso de los Diputados y muy parecido al de otras comunidades autónomas.
"Resulta hasta grotesco que se haga abstracción del nuevo texto aprobado y de su interpretación en el contexto de los demás preceptos del reglamento del Parlament, así como de la equivalencia de ese texto con el del Reglamento del Congreso de los Diputados y de los otros Reglamentos parlamentarios de las demás Comunidades Autónomas, máxime cuando otros Reglamentos parlamentarios llegan a enuncian expresamente mandatos directamente restrictivos o plenamente impeditivos del derecho de enmienda en el procedimiento de lectura única", afirma, y pone de ejemplo los reglamentos de la Asamblea de Madrid y la Asamblea Regional de Murcia y las Cortes Valencianas.