La Junta de Andalucía ha recurrido este viernes ante el Tribunal Supremo la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de rechazar el primer cierre de Montefrío (Granada) y ha alegado que la alta incidencia de coronavirus constituye "suficiente motivación" para ello.
El Ejecutivo andaluz explica que el confinamiento de municipios es una medida que puede adoptarse al margen de los estados excepcionales y que la adopción de ciertas medidas encuentra amparo legal en la ley orgánica de salud pública de 1986, cuyo rango orgánico permite que se pueda "afectar a derechos fundamentales".
En el recurso se argumenta que el confinamiento "no supone suspensión de derechos fundamentales, sino sólo limitación", según fuentes de la Junta de Andalucía.
La no inclusión de las personas vacunadas dentro de las excepciones a la medida de confinamiento no justifica por sí sola la falta de proporcionalidad, considera la Junta.
Además, explica que la existencia de informes técnicos que recogen los datos de "alta incidencia" de la enfermedad en un determinado ámbito territorial "constituye suficiente motivación" para el confinamiento y que la medida es proporcionada al estar limitada temporal y espacialmente, y al contar con excepciones en los casos que esté justificada la entrada y salida del municipio.
El recurso interpuesto se fundamenta en la competencia de las comunidades y, por tanto, de Andalucía, al amparo del Estatuto de Autonomía, de la legislación sanitaria ordinaria y sobre todo de la ley de salud pública de 1986, para adoptar "ciertas medidas sanitarias" que permitan el control de enfermedades transmisibles, de carácter general y no vinculadas únicamente a personas enfermas y su entorno que puedan afectar a derechos fundamentales.
Este recurso hace referencia al primer rechazo de cierre de Montefrío por parte de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJA de Granada. En la actualización semanal de las medidas, la Junta volvió a pedir el cierre y este viernes esa misma sala ha vuelto a rechazar por segunda vez el confinamiento del pueblo.
Sin embargo, la sala de lo contencioso-administrativo del TSJA en Sevilla ha dictaminado de forma diferente en sus resoluciones sobre otros municipios, como fue el caso la semana pasada de Bornos, Villamartín (Cádiz) y Castro del Río (Córdoba), y este viernes del municipio sevillano de La Campana.