Esa resolución señala que el Ayuntamiento queda fuera del proceso ya que a fecha de la propuesta de la misma no estaba al corriente de sus obligaciones tributarias, “estableciendo los servicios técnicos municipales que este dato no es cierto, puesto que la institución local sí ha acreditado no deber cantidad alguna en este sentido”.
Para demostrarlo, se señala que en el certificado expedido por la Agencia Tributaria de Andalucía, con fecha de 22 de abril pasado y “que fue remitido ese mismo día a la Delegación Provincial de Educación de la Junta de Andalucía, se indica que el Ayuntamiento de Algeciras tiene, literalmente, 0,00 euros de deuda con la Hacienda Pública del Gobierno autonómico, lo que supone no tener débito alguno. De ahí se deduce que ese documento ha sido erróneamente interpretado por el organismo que lo ha recibido”.
Reclamación
Así, se presenta reclamación previa a la interposición de recurso contencioso-administrativo para que se proceda a la anulación de la resolución del pasado 20 de julio por haberse excluido indebidamente al Ayuntamiento, y se pide que se dicte una nueva mediante la cual se conceda la subvención para el programa solicitado a la citada Consejería de Educación.