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Málaga

Absuelven a un exedil de Turismo de Fuengirola y a un extrabajador acusados de malversación

Con posterioridad, la empresa con la que se organizaron los viajes emitió factura al Ayuntamiento por la totalidad del importe, con lo que se "habría cobrado dos veces la suma de 3.729 euros con el consiguiente perjuicio económico para las arcas municipales", señala la resolución

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La Audiencia de Málaga ha absuelto al exedil de Turismo de la localidad malagueña de Fuengirola Cristóbal C. y al extrabajador de dicha área Pedro G., que habían sido acusados de un delito de malversación en relación con parte del dinero recaudado para la realización de varios viajes a Melilla.

   En el caso del exedil, se le absuelve tras haber retirado la Fiscalía y el grupo municipal socialista la acusación que habían mantenido hasta ese momento contra él; y en lo que respecta al exempleado, el jurado popular no consideró probado que cometiera los hechos por los que se le acusaba.

   Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press y que se dicta tras el veredicto de inocencia del jurado, el entonces trabajador del Área de Turismo tenía encomendada la función de recibir las cantidades que abonaban los usuarios de los viajes, ya que otra parte la subvencionaba el Ayuntamiento.

   Así, se indica que por tres viajes debía ingresar en la agencia la cantidad total de 3.729 euros. El acusado ingresó en una de las cuentas de la agencia mayorista diversas cantidades "no habiéndose acreditado que no pertenecieran a los viajes" por los que se le acusaba, dice el apartado de hechos probados.

   Con posterioridad, la empresa con la que se organizaron los viajes emitió factura al Ayuntamiento por la totalidad del importe, con lo que se "habría cobrado dos veces la suma de 3.729 euros con el consiguiente perjuicio económico para las arcas municipales", señala la resolución.

   El jurado aprecio falta de pruebas concluyentes basándose en los documentos que acreditan ingresos y en testificales contradictorias con esa documental, como la del responsable de la empresa mayorista, que niega esos ingresos. Además, también se tuvo en cuenta la declaración del administrador de la minorista, quien dijo que no debían haberse efectuado ingresos a la agencia mayorista.

   En el caso del exedil, al retirar las acusaciones los cargos, procedía la absolución, lo que se adelantó en una de las vistas del juicio. De hecho, el jurado ni siquiera tuvo que pronunciarse sobre su culpabilidad o no.

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