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Málaga

Condenado por agredir a un hombre por no dejarle su DNI para una venta

La víctima se negó participar en una transacción de una cadena de oro

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  • Ciudad de la Justicia. -
  • Al agresor se le impone la prohibición de acercarse o comunicarse con las víctimas a menos de 100 metros

La Audiencia de Málaga ha condenado a un hombre a dos de prisión por agredir con un cuchillo y un destornillador a otro como "represalia" por negarse éste a dejarle su DNI a cambio de dinero para utilizarlo en la venta de un cordón de oro.

Los hechos se produjeron en 2016. Según se declara probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado fue al domicilio de un hombre y le solicitó que le prestara su DNI a cambio de 100 euros con el fin de usarlo para poder vender dicho objeto en un establecimiento.

La víctima se negó a eso "ante la sospecha de su procedencia ilícita". Así, "como represalia", señala la resolución, el procesado, llevando un cuchillo y un destornillador, abordó a este hombre cuando iba por la calle con su madre y le "agredió en la cara y en las manos" con dichos objetos.

La madre intervino, "manteniendo un forcejeo con el acusado", y resultó herida en una mano, aunque no ha quedado acreditado que la intención del procesado fuera apoderarse de un bolso y de un anillo que llevaba la mujer, por lo que se le absuelve del delito de robo en grado de tentativa, dice la sentencia.

Tras la agresión, el acusado huyó del lugar. El hombre sufrió varias heridas, de las que se curó en 21 días, y le han quedado como secuelas varias cicatrices en la cara y en la mano. La mujer también requirió asistencia médica por un corte.

Por estos hechos, la Sala condena al procesado a dos años de prisión por un delito de lesiones consumado y agravado por el uso de instrumento peligroso, y por otro delito leve de lesiones, por el que se le impone dos meses de multa, con cuota diaria de seis euros; es decir, el pago de 360 euros.

Además, se le impone la prohibición de acercarse o comunicarse por cualquier medio con las víctimas a menos de 100 metros durante cinco años en el caso del hombre y durante tres meses en el de la madre de éste. Asimismo, deberá indemnizar al primero con 1.230 euros y a la mujer con 175 euros por las lesiones y secuelas.

 

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