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Málaga

Condena a Easyjet a devolver el dinero de compra frustrada en Internet

Un juzgado de Málaga condena a la compañía aérea después de quedarse bloqueada la página web de la empresa.durante una transacción

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  • Aviones de Easyjet. -
  • Cuando volvió a cargar la web los remitieron a la página de inicio sin confirmación de la compra ni enviar copia del billete o itinerario al mail
  • Condena a la aerolínea a pagar a los demandantes 948,97 euros más los intereses legales desde la fecha del pago, así como las costas del procedimiento

La compañía aérea Easyjet ha sido condenada por el juzgado de Primera Instancia número 3 de Coín (Málaga) a devolver el importe de la compra de cuatro billetes de avión a través de Internet que no fue confirmada después de quedarse bloqueada la página web de la empresa.

Los demandantes, representados por el bufete Ley 57 Abogados, accedieron el pasado 15 de noviembre a la web para comprar cuatro billetes para un viaje familiar, pero cuando llegó el momento de hacer el pago la página se bloqueó, señala la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe.

Cuando volvió a cargar la web, los remitieron a la página de inicio sin mostrar confirmación de la compra ni enviar copia del billete o itinerario al correo electrónico, y solo remitieron un correo de confirmación de la contraseña, pero no de confirmación de la compra.

Después de constatar que no se había hecho ningún envío de confirmación de compra, los demandantes adquirieron los billetes en otra aerolínea, y el 21 de noviembre recibieron un correo sobre la compra en Easyjet con número de reserva sin remitir el billete.

El 24 de noviembre procedieron al cobro de los billetes, y quince días después Easyjet remitió la información del vuelo, cinco días antes de que saliera el mismo.

La sentencia considera que Easyjet "no ha cumplido sus obligaciones, ya que transcurrieron más de 24 horas desde que la parte actora compró el billete, el 15 de noviembre, y la fecha de acreditación de esa compra”, pues “resulta de aplicación lo establecido en la la ley 34/2002 de 11 de julio de servicios de la sociedad de información y comercio electrónico, en lo relativo a la contratación por vía electrónica".

Por ello, la sentencia, contra la que no cabe recurso, condena a la aerolínea a pagar a los demandantes 948,97 euros más los intereses legales desde la fecha del pago, así como las costas del procedimiento.

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