La Audiencia Provincial de Toledo expresa sus dudas sobre la proyección pública de Telma Ortiz
La Audiencia Provincial de Toledo expresa sus dudas sobre la proyección pública de Telma Ortiz, hermana de la Princesa Letizia, pese a lo cual desestima su apelación contra un auto en el que se rechazaron las medidas cautelares solicitadas por ella y su pareja para amparar su imagen y el derecho a la intimidad.
En un auto de 24 páginas fechado el 3 de noviembre y difundido ayer, la sección primera de la Audiencia Provincial rechaza uno por uno los fundamentos de la apelación al auto dictado por la jueza María Lourdes Pérez Padilla el pasado 15 de mayo y condena a la pareja al pago de las costas, cifradas en unos 45.000 euros.
Telma Ortiz y su pareja, Enrique Martín Llop, habían reclamado medidas cautelares para que medio centenar de medios de comunicación demandados se abstuvieran de captar, publicar, distribuir, difundir, emitir o reproducir su imagen. El auto de la Audiencia señala la inexistencia de la “apariencia de buen derecho” y, sobre todo, caución (reclamación de daños y perjuicios), ni siquiera solicitada por los demandantes, bastaría para rechazar la apelación.
Sin embargo, ahonda en extenso en los fundamentos de derecho del auto de la jueza Pérez Padilla y, aunque el presidente y los tres magistrados autores del auto dicen abrigar dudas sobre si Telma Ortiz es o no un personaje de proyección pública, “nos hemos limitado –dicen– a exponer cuál es la consideración de la jurisprudencia española”. “Esas dudas generales”, prosiguen, “se nos acrecientan si se tiene en cuenta que la Sra. Ortiz Rocasolano sí tiene, con independencia de su asistencia a actos protocolarios u oficiales, una cierta proyección pública”.
Los abogados de Telma Ortiz y su pareja rechazaron el auto judicial porque “se sustenta en dudas”. Según un comunicado del despacho de abogados Garrido, “las dudas (de la Audiencia de Toledo)han sido resueltas a favor de los multimillonarios Medios, agencias de caza imágenes y freelances, frente a los derechos de dos modestos cooperantes (de ONG), a los que resulta que su dedicación a los más desfavorecidos les ha supuesto perder gran parte de su libertad”.
La Audiencia Provincial de Toledo, aunque expresa sus dudas sobre la proyección pública de Telma Ortiz, ha desestimado su apelación contra un auto en el que se rechazaron las medidas cautelares solicitadas por ella y su pareja para amparar su imagen y el derecho a la intimidad.
En un auto de 24 páginas fechado el 3 de noviembre y difundido hoy, la sección primera de la Audiencia Provincial rechaza uno por uno los fundamentos de la apelación al auto dictado por la jueza María Lourdes Pérez Padilla el pasado 15 de mayo y condena a la pareja al pago de las costas, cifradas en unos 45.000 euros.
“En la esencia de la sentencia -dice el comunicado de los letrados- se trasluce que el Tribunal Provincial no admite el recurso porque tiene dudas sobre si Telma Ortiz es o no personaje público o de proyección pública”.
Los abogados consideran “novedosa” la interpretación de cuándo y cómo una persona tiene proyección pública cuando al ejercer como cooperante (Telma Ortiz) se dedica a una actividad que tiene “interés social”, según el auto de la Audiencia.
También critican las referencias a que hiciera declaraciones a determinadas revistas sin que el auto tuviera en cuenta la apreciación de los abogados de los demandantes de que “mienten quienes entrecomillan frases nunca dichas a ningún Medio por Telma Ortiz”.
Igualmente, “algunas de las dudas son relativas a que en una ocasión Telma Ortiz presentó un libro, sin atender a la realidad de que el acto al que se refiere lo hizo a demanda de su empleador entonces, la Cruz Roja Española”.
A los abogados les ha “sorprendido mucho” que la mayor parte del escrito de la Audiencia se refiera sólo a uno de los demandantes y no a los dos, “con lo que crea indefensión en uno de ellos en función de un dudoso interés del otro”.
Los letrados también critican el auto de la Audiencia en el que “parece sugerir” a la pareja que denuncien “a todo aquel que se entrometa en su derecho a la propia imagen, honor e intimidad”.
Esto, en su opinión, “supone restar trascendencia a una obviedad: que es imposible que una persona normal asuma los gastos que conlleva consigo la denuncia permanente de horas de televisión y páginas y más páginas de revistas”. EFE