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Provincia de Granada

La Audiencia se declara no competente para juzgar al guardia civil acusado de revelar secretos

La Fiscalía atribuye al guardia civil un delito de revelación de secretos o informaciones cometido por autoridad o funcionario público y ha solicitado para él una condena de tres años de prisión, multa de 8.640 euros e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos años

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada se ha declarado no competente para juzgar al brigada de la Guardia Civil acusado de revelar datos a un particular de otras personas incluidas en las bases de la Dirección General de Tráfico (DGT) y del propio Instituto Armado.

   Entiende el tribunal, según ha comunicado el presidente del mismo a la defensa y a la Fiscalía, que el inculpado no cometió el delito que se le atribuye en el ejercicio de sus funciones, sino como particular, por lo que en ese caso sería un Juzgado de lo Penal el que debería valorar el caso. Así, tras un receso, ha acordado remitir las actuaciones a este órgano para que decida al respecto, suspendiendo la vista prevista para este miércoles.

   Por otra parte, el presidente, el magistrado Jesús Flores, ha reprendido la actitud del abogado defensor del agente, que se ha quejado de que se permitiera fotografiar a su cliente dentro de la sala, aunque de espaldas, y que ha llegado a pedir a los periodistas presentes que se identificaran. El magistrado le ha recordado que los juicios son de audiencia pública y que los medios de comunicación tienen autorización para hacer fotografías y usarlas para lo que estimen oportuno.

   La Fiscalía atribuye al guardia civil un delito de revelación de secretos o informaciones cometido por autoridad o funcionario público y ha solicitado para él una condena de tres años de prisión, multa de 8.640 euros e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos años.

   Según consta en el escrito de acusación del Ministerio Público, al que ha tenido acceso Europa Press, fue entre las 12,49 y las 12,56 horas del 1 de agosto de 2009 cuando el procesado efectuó dos llamadas a un particular desde el teléfono fijo del puesto de la Guardia Civil de Cúllar (Granada), donde desempeñaba labores de brigada.

   Le facilitó información relativa a un matrimonio, concretamente sus datos personales como nombre, edad, número de teléfono y domicilio, a los que tenía acceso "por razón de su argo de guardia civil".

   Además, no se limitó a filtrar informaciones contenidas en bases de datos (en este caso de la DGT y la Guardia Civil) protegidas por la legislación vigente en materia de protección de datos, sino que también dio a conocer otras obtenidas durante la ejecución de los distintos servicios que miembros de la Guardia Civil realizan a diario y que "en ningún caso debería conocer personal ajeno".

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