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Sevilla

Condenados dos cazadores por colocar trampas prohibidas para atrapar 1.116 aves insectívoras

En la sentencia, consultada por Europa Press, la juez considera probado que los acusados, M.H.C. y J.P.O., fueron sorprendidos el 11 de diciembre de 2005 por agentes de la Guardia Civil cuando se encontraban en el coto privado de caza llamado 'La Harina', en el pareja conocido como El Fontanar

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El Juzgado de lo Penal número 8 de Sevilla ha condenado a dos hombres a un año y siete meses de inhabilitación para el ejercicio del derecho a cazar y al pago de una indemnización de 7.572,56 euros por atrapar, utilizando trampas de alambre prohibidas, un total de 1.116 aves insectívoras de interés especial en un coto privado de Morón de la Frontera.

   En la sentencia, consultada por Europa Press, la juez considera probado que los acusados, M.H.C. y J.P.O., fueron sorprendidos el 11 de diciembre de 2005 por agentes de la Guardia Civil cuando se encontraban en el coto privado de caza llamado 'La Harina', en el pareja conocido como El Fontanar.

   Los imputados, careciendo de autorización para ello, se valieron de 350 trampas de alambre para capturar 1.116 aves insectívoras de interés especial, como currucas capirotadas, petirrojos, zorzales, carboneros y colirojos tizón, así como tres aves no cazables y protegidas, en concreto un pinzón vulgar y dos andarríos grandes, todas ellas valoradas en 7.572,56 euros.

   Los acusados fueron sorprendidos cuando transportaban todas estas aves en un saco de tela, que fue intervenido junto a las 350 trampas de alambre.

   La juez, que considera que estos hechos son constitutivos de un delito contra la fauna y flora, recuerda el testimonio de un guardia civil que sorprendió a los imputados portando el saco junto con las aves y las trampas, que son un método de captura prohibido por la Ley.

   De su lado, uno de los acusados manifestó que las trampas pertenecían al otro imputado y que ese día tan solo lo acompañaba, pero la juez dice que ambos fueron sorprendidos por la Guardia Civil portando las aves en el interior de un saco y con las trampas en la mano, "lo que evidencia que ambos realizaron la conducta descrita de común acuerdo".

   Por estos hechos, la juez condena a cada uno de los procesados a un año y siete meses de inhabilitación para el ejercicio del derecho a cazar, al pago de una multa de 1.260 euros y al abono de una indemnización de 7.572,56 euros a favor de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta por los perjuicios causados.

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